Beneficios fiscales del Ahorro Voluntario, según la CONSAR

Beneficios fiscales del Ahorro Voluntario, según la CONSAR

/COMUNICAE/

Una de las grandes ventajas del Ahorro Voluntario son los beneficios fiscales, los cuales de acuerdo a la CONSAR y el Gobierno Federal en la Ley de Impuesto sobre la Renta, se pueden aprovechar para ahorrar a largo plazo

La Ley de Impuesto sobre la Renta establece que las personas tienen la posibilidad de hacer deducibles los impuestos que depositen en su subcuenta de ahorro complementario para el retiro en la Afore, así como las aportaciones voluntarias si son a largo plazo.

La única condición para que se puedan gozar estos beneficios fiscales en la declaración anual es que permanezcan en la cuenta de Afore hasta que la persona cumpla 65 años, con excepciones en caso de invalidez o incapacidad para trabajar.

¿Cuáles son los tipos de ahorro que tienen beneficio fiscal?
Los tipos de Ahorro Voluntario que cuentan con beneficios fiscales de acuerdo con el Gobierno de México, son los siguientes,:

  • Aportaciones Complementarias de Retiro
  • Aportaciones Voluntarias con Perspectiva de Inversión a Largo Plazo
  • Aportaciones de Ahorro a Largo Plazo

Porcentaje de devolución de las aportaciones voluntarias
De acuerdo con la Ley de Impuesto sobre la Renta, en su artículo 151, menciona que el porcentaje de devolución de estas aportaciones voluntarias deducibles 2021, es de hasta el 10% de tus ingresos anuales, con un máximo de cinco veces el salario mínimo anual, lo cual son poco más de 160 mil pesos. Por otra parte, el límite de salario puede cambiar año con año, debido a la misma variación del salario mínimo.

Es importante mencionar que si se busca hacer un retiro de ahorro voluntario deducible, los recursos no pueden ser extraídos antes de los 65 años de edad, sino que deben permanecer en la cuenta de Afore hasta la edad de retiro. Sin embargo, puede haber excepciones en casos particulares.

¿Cómo se deducen de impuestos?
La pregunta que la gran mayoría de las personas se hace es “¿cómo se pueden deducir?”. Existen 5 pasos para hacerlo ante el SAT:

  1. Se deben hacer aportaciones voluntarias en ventanilla bancaria, cadenas comerciales, domiciliación, vía nómina, transferencia o AforeMóvil.
  2. Guardar los comprobantes.
  3. Cada diciembre, se debe solicitar a la Afore correspondiente el comprobante total de aportaciones voluntarias del año.
  4. En la Declaración Anual de Impuestos de abril, se debe indicar en el rubro de Deducciones Personales, A) “Concepto”: Aportaciones Voluntarias hechas al SAR. B) “Monto”, la cantidad de aportaciones voluntarias.
  5. En caso de que se cuente con saldo a favor, se debe poner el nombre de la institución financiera de la persona y su CLABE.

El ISR de las aportaciones voluntarias
De acuerdo con la CONSAR, el ISR por retiro de las aportaciones voluntarias se retiene 0.97% sobre los intereses generados al momento de retirar en una sola exhibición.

Si se trata de una penalización fiscal, se hace una retención del 20% del monto retirado por concepto de ISR, en caso de que el trabajador tenga menos de 65 años de edad. O pérdida del beneficio fiscal si se retira cinco años antes.

Beneficios fiscales del Ahorro Voluntario
En caso de Aportaciones Voluntarias con Perspectiva de Inversión a Largo Plazo y las Aportaciones Complementarias de Retiro, el beneficio fiscal es una deducción de hasta el 10% del ingreso anual acumulable, sin que exceda cinco veces el valor de la UMA elevados al año, según la CONSAR.

Mientras que las Aportaciones de Ahorro a Largo Plazo cuenta con dos beneficios:

– Antes de los cinco años: Los depósitos realizados en las aportaciones de largo plazo, permiten al trabajador restar el importe de dichos depósitos al ISR que se aplicaría según la tabla del artículo 152 de la LISR, hasta por un monto de 152,000 pesos por cada ejercicio fiscal. Es necesario que las aportaciones permanezcan por lo menos cinco años invertidas.

– Después de los cinco años: el estímulo fiscal garantiza al trabajador la tasa del impuesto más baja entre el año en que efectúa el depósito de las aportaciones y el año en que las retira, es decir, la tasa aplicable a las cantidades acumuladas nunca será mayor que la tasa de impuesto que hubiera correspondido al contribuyente en el año en que se ejecutaron los depósitos.

Conocer los beneficios fiscales del Ahorro Voluntario, permite tener un mejor control de los recursos de la Afore, ya que pueden aprovecharse para ahorrar a largo plazo.

Fuente Comunicae

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