De 3 a 5 años de prisión para quien difunda contenido íntimo sexual sin consentimiento: Luis Mendoza Acevedo

De 3 a 5 años de prisión para quien difunda contenido íntimo sexual sin consentimiento: Luis Mendoza Acevedo

Ciudad de México, 09 de Diciembre  (MENSAJE POLÍTICO/CÍRCULO DIGITAL).-Con el objetivo de prevenir y sancionar la difusión de material íntimo sexual mediante algún medio electrónico o de comunicación sin consentimiento de alguna de las personas, el Partido Acción Nacional en voz del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, presentó la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal.

“Dicha iniciativa pretende imponer de 3 a 5 años de prisión y de 100 a 800 días de multa a quien por cualquier medio difunda, exhiba, publique, divulgue o propague imágenes, textos, videograbaciones, audio grabaciones o cualquier material digital con contenido íntimo sexual o que afecte el derecho a la intimidad de una o varias personas, aunque el material sea obtenido con la autorización de la persona. De igual forma se castigará de 1 a 3 años de prisión a quien coaccione, hostigue o amanece con difundir dicho contenido” explicó.

El Diputado Federal argumentó que este fenómeno conocido como “porno-venganza”, así como el ciberacoso, “pueden ser muy perjudiciales para la salud emocional de los individuos pues llegan a sentirse culpables de lo que ocurrió, y a menudo sus contextos refuerzan ese sentimiento”.

Mendoza Acevedo afirmó que lo que busca el Partido Acción Nacional es proteger la libertad sexual e intimidad de los mexicanos, así como el desarrollo de los jóvenes que se encuentran cada vez más expuestos a estos fenómenos.

Refirió que “la Asociación Civil Alianza por la Seguridad en Internet reporta que de 10 mil estudiantes encuestados el 36% conoce a alguien que ha enviado o reenviado imágenes de desnudos o semidesnudos mediante el Internet”, dijo.

Lamentó que debido a que los delitos cibernéticos no están debidamente tipificados, se propicia que estas acciones sigan teniendo lugar.

“Generalmente, quienes comparte imágenes o contenido de carácter sexual, tienen una relación de confianza o afectiva, por lo que no reciben a no ver perciben el peligro de que esto está expuesto a terceros”.

La iniciativa enfatiza que las penas aumentarán en dos terceras partes cuando el delito fuese cometido por: el cónyuge, concubina, concubinario o una persona que mantenga o haya mantenido una relación sentimental con la víctima, sea pariente hasta el cuarto grado en línea colateral de la víctima. Así como cuando el sujeto consiga el material sin el consentimiento de la víctima o lucre con él.

Se pretende imponer de uno a tres años de prisión al que sin justa causa, en perjuicio de alguna persona y sin su consentimiento, revele o divulgue por cualquier medio de comunicación algún secreto, información o comunicación reservada, que conoce o ha recibido con motivo de una relación, empleo, cargo, puesto o cualquier antecedente que vincule al sujeto activo con el pasivo.

Esta iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su dictamen.

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