Diputados trabajan en favor de garantizar la Igualdad de Género

Con el propósito de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres, la Cámara de Diputados aprobó 9 dictámenes que fortalecen la paridad salarial, alerta de género, la prevención de la discriminación y erradicar el acoso digital mediante Internet.

Violencia digital
Uno de los dictámenes aprobados turnado por la Comisión de Igualdad de Género, adiciona una fracción VI al artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Precisa que como violencia digital se considera a los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada.
De igual forma, la divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alteradas.
Prohíbe cualquier otra acción cometida a través de las tecnologías de la información y la comunicación, plataformas de Internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones o cualquier otro espacio digital que atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada o vulnere algún derecho humano de las mujeres.

Mujeres violentadas pueden faltar a su trabajo
Se reformaron los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, para establecer que son obligaciones de los patrones permitir a las trabajadoras faltar a su trabajo cuando se encuentren en una situación de violencia de género.
Para los efectos de esta fracción, la solicitante deberá tener una orden de protección emitida por la autoridad competente y el permiso precisará durar el mismo tiempo que la orden de protección.

Acuerdan mecanismos para prevenir discriminación laboral
También se aprobó adicionar la fracción X, y recorrer la subsecuente, del artículo 48 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de elaborar e instrumentar un protocolo contra la discriminación por razones de género, y dé atención de casos de violencia, acoso u hostigamiento sexual.
Subraya que corresponde al Instituto Nacional de las Mujeres colaborar en la implantación de mecanismos para prevenir la discriminación por razones de género, la violencia y el acoso u hostigamiento laboral y sexual, en términos de lo establecido en el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.

Ejecutivo debe promover la representación paritaria
Se modificó la denominación del capítulo tercero, y los artículos 17, fracción III, 35 y 36 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a fin de que el Ejecutivo federal fomente la participación y representación paritaria entre mujeres y hombres.
Propondrá los mecanismos de operación adecuados para la participación paritaria en la toma de decisiones políticas y socioeconómica.

Buscan inhibir la violencia obstétrica
La Cámara de Diputados aprobó reformas a las leyes generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y de Salud, con el objetivo de considerar violencia obstétrica a acción u omisión por parte del personal de salud médico o administrativo perteneciente a los servicios públicos o privados del Sistema Nacional de Salud, que violente los principios rectores que señale la presente ley.
Precisa que este tipo de violencia es aquella que dañe física o psicológica, que lastime, discrimine o denigre a la mujer durante el embarazo, parto o puerperio; así como la negación del servicio médico y la vulneración o limitación de los derechos humanos sexuales y reproductivos de las mujeres.

Proponen eliminar brecha salarial
Se adicionaron los artículos 17 y 34 Bis a la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, para promover la eliminación de la brecha salarial por realizar un mismo trabajo o uno de igual valor, y de todas las condiciones laborales de desigualdad.
Indica que las instituciones y empresas públicas y privadas están obligadas a remunerar de forma igual la prestación de un mismo trabajo, ya sea directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza, salarial o extra salarial, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de género en ninguno de los elementos. La remuneración será proporcional a la responsabilidad.

Definen la violencia política de género
La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que define a la violencia política en razón de género como toda acción u omisión ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, la toma de decisiones y la libertad de organización.
El documento avalado reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Instituciones y Procedimientos Electorales, del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de Partidos Políticos, en Materia de Delitos Electorales, así como las orgánicas de la Fiscalía General de la República y del Poder Judicial de la Federación.

Fortalecen la alerta de género
Se reformaron disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de fortalecer los mecanismos de alerta de género y mejorar su efectividad, definiéndolas como el conjunto articulado de acciones y mecanismos de protección de emergencia y temporales, ejecutadas de manera coordinada entre los tres órdenes de gobierno y los poderes del Estado.
En el mecanismo de alerta y violencia de género se reconocerá y garantizará la participación activa de los organismos y organizaciones solicitantes, lo que mejorará su difusión una vez declarada la alerta.

Cambian en ley el nombre de DF por la Ciudad de México
La Cámara de Diputados avaló el dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para armonizar los términos de este orden jurídico conforme a la reforma constitucional en la materia de la Ciudad de México.

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