Aprueban diputados reformas para fortalecer los derechos de la mujer
Este 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, las diputadas y diputados realizaron una seria de reformas a la ley en los ámbitos laboral, justicia e igualdad.
CIUDAD DE MÉXICO, 8 de Marzo de 2018 (JUAN HERNÁNDEZ / LIBERTADORMX / AMPRYT).- Este 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, las diputadas y diputados realizaron una seria de reformas a la ley en los ámbitos laboral, justicia e igualdad.
Al inicio de la sesión, el presidente de la Cámara de Diputados, Edgar Romo García, llamó a legisladoras y legisladores a continuar trabajando para hacer valer los derechos de la mujer, garantizarle una igualdad real y brindarle oportunidades de desarrollo.
El reto es consolidar la inclusión de la mujer en todos los ámbitos y campos de la sociedad, indicó al inaugurar la exposición “Avances en materia de derechos humanos de las mujeres en la LXIII Legislatura”.
“No sólo como diputados, sino como ciudadanos debemos actuar con responsabilidad, para contribuir desde nuestros espacios en la tarea común de hacer valer los derechos de la mujer y garantizarle una igualdad real”, dijo.
El diputado presidente resaltó que “el rol de la mujer, en nuestra sociedad, es una asignatura que nos llama y nos obliga a trabajar día con día para seguir rompiendo inercias arcaicas y garantizarle oportunidades de desarrollo integral, individual y su participación activa en la sociedad”.
Romo García enfatizó que, en México, las mujeres han traspasado la etapa de la reivindicación, para ser parte sustancial del desarrollo económico, político, social y cultural del país.
Afirmó que en la LXIII Legislatura se han logrado avances en materia de presupuesto, de combate a la violencia y discriminación, en generación de oportunidades y de derechos más amplios para las mujeres.
El líder parlamentario también dijo, en declaraciones posteriores a la prensa, que el marco jurídico relativo a las mujeres “está bien construido”, pero todavía hay reformas pendientes por abordar en la actual Legislatura, pese a los avances logrados.
“Se debe seguir trabajando para consolidar acciones eficaces que consoliden la participación activa de la mujer en la sociedad, eliminar aquellas barreras que restringen su acceso a los importantes niveles ejecutivos, tanto de la iniciativa privada como de la responsabilidad pública y política”, externó durante la inauguración de la exposición.
Amplían definición de “violencia laboral”
Durante el desarrollo de la sesión, el pleno aprobó, con cambios, una minuta del Senado de la República que reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para ampliar la definición normativa del concepto “violencia laboral”.
El dictamen surgió de una iniciativa que presentaron diputados de MC de la anterior Legislatura, se aprobó en marzo de 2014 y fue remitido al Senado, el cual a su vez lo devolvió a la Cámara baja con cambios.
Ahora la Cámara de Diputados la aprobó con cambios por unanimidad, con 363 votos a favor, y la devolvió al Senado para su discusión y eventual ratificación.
La reforma al artículo 11 consiste en agregar al conjunto de acciones que constituyen violencia laboral “las conductas referidas en la Ley Federal del Trabajo”, para quedar de la siguiente manera:
“Artículo 11. Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, las conductas referidas en la Ley Federal del Trabajo, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género”.
La Comisión de Igualdad de Género, que elaboró el dictamen, explicó que la remisión directa a la Ley Federal del Trabajo es respecto a la exigencia a las mujeres de presentar certificados médicos de embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo.
Asimismo, para el despido de una trabajadora o coacción de renuncia por motivos de embarazo, cambio de estatus civil o cuidado de los hijos.
La minuta del Senado también planteaba incluir el enunciado “el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia”, pero éste ya se encuentra actualmente estipulado en dicho artículo, debido a la reforma publicada el 2 de abril de 2014, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), incluso con cuatro palabras adicionales: “previsto en la ley”,
La Comisión de Igualdad de Género dijo que por obvias razones este enunciado no debe ser considerado, no obstante, ello implica una modificación mínima a los términos en que fue enviada la minuta.
Separación física temporal del agresor dentro del centro de trabajo
Asimismo, en ésta sesión se aprobó un dictamen que reforma la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incluir, dentro de las órdenes de protección de emergencia, la separación física temporal del agresor dentro del centro de trabajo.
Esa reubicación se llevará a cabo en los casos en que ambos (víctima y agresor) se desempeñen en el mismo centro laboral.
El documento surge de una iniciativa que la diputada Alma Carolina Viggiano Austria (PRI) presentó el 31 de octubre de 2017, adiciona una fracción V al artículo 29 de esa Ley, fue avalado por 347 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones y se turnó al Senado para su análisis y eventual ratificación.
Durante su discusión, la Comisión de Igualdad de Género, que elaboró el dictamen, presentó un adendum que se aprobó en votación económica.
El artículo 29 que se modificó figura en el capítulo VI de esa Ley, que se refiere a las órdenes de protección de las víctimas.
En sus consideraciones, la Comisión recordó que las órdenes de protección tienen como finalidad salvaguardar a la mujer agredida y evitar que continúe en el círculo de violencia, “que estadísticamente se ha demostrado que es continuo y tiende a ir en aumento”.
Precisa que con esta reforma se busca otorgar una mayor protección a las mujeres afectadas, que cohabitan con el agresor en el centro de trabajo, “garantizando que se tomen las medidas necesarias para asegurar su derecho a una vida libre de violencia”.
En este sentido, agregó, “se deberá propiciar una separación física temporal del agresor de centro de trabajo o área, por tanto tiempo como dure la orden de protección de emergencia”.
“De no contemplarse esta medida, el sentido de la orden de protección carecerá de aplicabilidad real para aquellos casos en que la mujer y el agresor cohabiten en un mismo centro de trabajo”, sostuvo.
Se otorgará cada año la medalla Sor Juana Inés de la Cruz, a mujeres destacadas
Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó con 297 votos a favor, el dictamen de una iniciativa que reforma su reglamento, para otorgar cada año la medalla “Sor Juana Inés de la Cruz a mujeres destacadas.
Se busca reconocer y premiar a las mujeres que hayan incidido y destacado en la lucha social, cultural, política, científica y económica a favor de los derechos humanos de las mujeres y de la igualdad de género, de conformidad con lo que establece el presente decreto y el reglamento que regule su entrega.
El documento, que se aprobó en el marco del Día Internacional de la Mujer, que se conmemora este 8 de marzo, adiciona un numeral 4 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados y se turna para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Surge de varias propuestas que presentaron por separado diputadas y diputados de diversos grupos parlamentarios.
En el texto se recuerda que Juana Inés de Asbaje y Ramírez nació en San Miguel de Nepantla, Estado de México, el 12 de noviembre de 1648; que fue la mayor figura de las letras hispanoamericanas del siglo XVII y niña prodigio que aprendió a leer y escribir desde los tres años de edad, y a los ocho escribió su primera loa.
Se resalta que, a pesar de su época, luchó por los derechos de las mujeres, cuestionando el papel privilegiado que los hombres tenían en la construcción de la realidad en que vivía, ejemplificado el hecho de que le cortasen el cabello y vistiese como hombre al entrar a la Universidad, donde se instruía a varones.
Esa situación “refleja la gran diferencia de la época entre ser varón y ser mujer, y la certeza de que por cuestión de género fuera excluida del derecho al conocimiento”.
“Para muchos autores, Sor Juana Inés de la Cruz es la primera feminista no sólo de México, sino de América Latina, y como tal, cuestionó el régimen, fue subversiva, cuestionó el rol social asignado a las mujeres, y siempre buscó y encontró la forma de prepararse y estar a la vanguardia en el conocimiento”.