Plantea Mares Aguilar que se faculte a Semarnat a solicitar opinión técnica para la autorización de obras y actividades que se realicen en áreas naturales protegidas
Ciudad de México, 14 de Octubre (AMPRYT/CÍRCULO DIGITAL).-El diputado José Rigoberto Mares Aguilar (PAN) informó que presentó una iniciativa para facultar a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a solicitar opinión técnica para la autorización de obras y actividades que se realicen en áreas naturales protegidas.
Su propuesta adiciona los artículos 35 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como los artículos 93 y 95 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
En un comunicado, explicó que la regulación ambiental se ha desarrollado desde hace 30 años, iniciando con la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Sin embargo, agregó, las disposiciones jurídicas actuales, en especial las de impacto ambiental y de cambio de uso de suelo de terrenos forestales, dan un margen muy amplio de discrecionalidad a la Semarnat para autorizar proyectos potencialmente perjudiciales en las áreas naturales protegidas de competencia federal.
“Hemos visto en la península de Baja California y en particular en mi estado, Baja California Sur, cómo proyectos mineros, que ponen en riesgo la estabilidad de los recursos naturales, han sido autorizados aún y cuando la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas se haya pronunciado en contra de su realización por su abierta contradicción con la ley”, apuntó.
Aseguró que, conforme a las reglas vigentes, la Semarnat puede solicitar opiniones técnicas a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF), o bien, consultar a grupos de expertos, para copiar elementos técnicos, científicos y jurídicos que le permitan decidir sobre la autorización de impactos ambientales de proyectos de competencia federal.
Sin embargo, precisó Mares Aguilar, esta facultad no está prevista expresamente en la ley, sino en el Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en materia de evaluación del impacto ambiental.
Expuso que a opinión técnica que solicite la Semarnat serán de dependencias y entidades de la APF, así como de grupos, instituciones y asociaciones de expertos, y tendrá carácter vinculante previo a la resolución de la solicitud de autorización de impacto ambiental.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para su estudio y eventual dictaminación.