Todo lo que se debe de saber acerca de la pensión

Todo lo que se debe de saber acerca de la pensión

/COMUNICAE/

Uno de los mayores problemas que existe actualmente es la falta de información sobre el proceso para solicitar la pensión. De acuerdo con el IMSS, sus afiliados tienen derecho al sistema de pensiones, el cual consiste en proteger al trabajador en caso de tener un accidente de trabajo, padecer una enfermedad o accidente no laborales, así como también al cumplir los 60 años de edad

Si una persona se encuentra en la edad de jubilarse, es importante que conozca la Ley del Seguro Social en la que está registrado para que pueda acceder a su pensión y así recibir el monto que le corresponde conforme a la Ley.

Diferencia entre pensión y jubilación
De acuerdo con un artículo de investigación de la UNAM, menciona que la pensión se refiere a una cantidad periódica, temporal o de por vida que se otorga a ciertos derechohabientes que cumplen con una serie de requisitos. Mientras que la jubilación es un término específico relacionado a la pensión que recibe una persona por su edad o por los años trabajados.

El momento de pensionarse
Una pregunta que se debe hacer uno es ¿cómo saber si se puede pensionar?, ya que de esta manera se puede tener una mejor planeación al momento de la jubilación. Para eso es necesario conocer en cuál Ley se encuentra la persona en el sistema de pensiones.

Si es la Ley 73 del IMSS, es decir cotizar antes del 1º de julio de 1997, existen 2 modalidades por las cuales se puede obtener una pensión:

  • Cesantía en Edad Avanzada:
    • 60 años cumplidos
    • Haber cotizado ante el IMSS un mínimo de 500 semanas
    • Estar dado de baja ​​en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
    • ​​Estar dentro del periodo de conservación de derechos (cuarta parte del tiempo de cotización reconocido por el IMSS).
  • Vejez:
    • Contar con 65 años cumplidos
    • Mínimo 500 semanas de cotización en el IMSS
    • Estar dado de baja ​​en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
    • ​​Estar dentro del periodo de conservación de derechos (cuarta parte del tiempo de cotización reconocido por el IMSS).

Por otro lado, si la persona se encuentra bajo el régimen de la Ley 97, es decir haber empezado a cotizar después del 1º de julio de 1997, el IMSS, resalta lo siguiente:

  • Cesantía en Edad Avanzada
    • 60 años de edad cumplidos
    • 750 semanas cotizadas como mínimo
    • Estar dado de baja ante el IMSS al momento de hacer la solicitud
  • Vejez
    • 65 años de edad cumplidos
    • 750 semanas cotizadas como mínimo
    • Estar dado de baja ante el IMSS al momento de hacer la solicitud

Tener en cuenta los puntos anteriores, permite a los derechohabientes estar informados sobre lo que se necesita para pensionarse.

En caso de que el trabajador se encuentre cotizando en el ISSSTE, el derechohabiente podrá recibir los recursos a partir de los 60 años según el régimen que le corresponde: Décimo Transitorio o Régimen de Cuentas Individuales.

Trámite para la pensión
El trámite para la pensión consiste en presentar ciertos documentos, una vez que se tengan a la mano, el proceso es sencillo y rápido.

Documentación a presentar para la pensión
Los documentos que se deben presentar al momento de solicitar la pensión, son los siguientes:

  • Identificación Oficial vigente: INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Cartilla Militar y Formato Migratorio FM2 o FM3
  • Documento que contenga el número de seguridad social
  • Documento de AFORE (Estado de cuenta)
  • Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de antigüedad
  • CURP
  • Acta de Nacimiento
  • RFC con homoclave
  • Cuenta bancaria donde se realizará el pago de la pensión

Una vez que se esté por pensionar, ¿qué sigue?
De acuerdo con el IMSS, la persona que vaya a recibir su pensión, debe seguir los siguientes pasos:

  1. Es necesario que el trabajador primero acuda a la Afore en donde está inscrito. Ahí revisarán sus datos y que cumpla con los requisitos. La Afore abrirá un expediente de la solicitud de pensión y la persona debe llenar un formato de presolicitud, la cual solo puede hacer la Afore.
  2. Una vez que la persona fue a su Afore, debe ir a la unidad médica familiar que le corresponda. Ahí se deberán entregar entregar la documentación a presentar que se mencionó anteriormente.
  3. Después el trabajador deberá ir a la subdelegación del IMSS para darse de baja.
  4. La persona pensionada deberá abrir una cuenta bancaria especial de pensión, ya que además de ser requisito para completar la presolicitud, el banco no le cobrará comisión anual.
  5. Una vez que el trabajador obtuvo los documentos del IMSS (aviso de baja y el contrato bancario), deberá regresar a la Afore a entregarlos. El asesor de la Afore llenará vía Internet el formato de “presolicitud de pensión” y le entregará al trabajador el expediente con la información anexa para que lo entregue en la clínica del IMSS que le corresponda.
  6. La persona pensionada entrega la documentación que hizo con la Afore al IMSS. Se firman los documentos de solicitud formal de pensión y el trabajador recibe un acuse de recibido. Después citarán al trabajador dentro de 10 a 15 días hábiles para que el IMSS le notifique la resolución final de la solicitud de pensión, si se aprueba o no, así como el monto mensual que recibirá. Al final el trabajador, deberá dirigirse a la subdelegación del IMSS para terminar de firmar documentos importantes como: documento de elección de régimen y el documento de resolución.

Conocer de manera correcta el proceso de pensión de los trabajadores, ayuda a tener una buena planificación al momento del retiro. Por eso es primordial investigar en qué consiste o acudir con un especialista para una asesoría.

Fuente Comunicae

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